Con fecha 4 de julio de 2018 se ha publicado en el BOE los Presupuestos Generales del Estado (Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.), a través de los cuales se modifican, en su artículo 85, tanto el coeficiente a aplicar a la tarifa del Impuesto como el Potencial de Calentamiento Atmosférico (PCA) de determinados gases fluorados, por lo que se produce un cambio en el Impuesto a repercutir sobre los gases fluorados.

Fecha de aplicación de la nueva tasa

Esta modificación se ha empezado a aplicar a partir del 1 de setiembre de 2.018 y tendra una vigencia indefinida.

Hasta la fecha, se venía aplicando un coeficiente de 0,02 sobre el PCA de cada gas fluorado, hasta un máximo de 100€/kg. Aunque el máximo aplicable no varía, con esta nueva ley el coeficiente a aplicar será de 0,015 sobre dicho PCA y, además, los PCA que indicaba la normativa anterior también han sufrido modificaciones. Los gases regenerados o reciclados se le aplicarà la mitad del impuesto respecto al gas o preparado virgen.

Tabla impuesto gas refrigerante 2018

Para los gases refrigerantes puros, el impuesto de gases fluorados queda así:

Tabla impuesto gases fluorados

 

Para el resto de preparados puedes descargarte esta tabla de Impuesto del Gas Refrigerante 2018

Puedes descargarte la tabla con la tasa de los productos preparados, aquí:

https://manualesfrigorificos.com/index.php/manuales/16-normativas/17-espanolas/203-tabla-impuesto-gas-refrigerante-2018